El Ministerio de Producción de la Nación estableció mediante Resolución N° 5/2019 el cronograma para la implementación del “Régimen de Factura de Crédito Electrónica para micro, pequeñas y medianas empresas”. De manera excepcional y solo por un año, este régimen resultará aplicable para comprobantes que se emitan por un importe igual o mayor de $ 50.000.

Fechas de Adhesión y Actividades más importantes incluidas

Hasta el 30 de Abril de 2019
Fabricación de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores y sus motores, respecto de las operaciones comerciales en las que deban emitir comprobantes a una gran compañía por un monto total igual o superior a $ 9 millones.

Desde el 1 de Mayo de 2019
Industria manufacturera, Comercio al por mayor y menor, Reparación de vehículos automotores y motocicletas, Suministro de electricidad, gas, vapor y aires acondicionado, Suministro de agua y cloacas, Gestión de residuos y recuperación de materiales y saneamiento público, Intermediación financiera y Servicios de seguros.

Desde el 1 de Junio de 2019
Explotación de minas y canteras

Desde el 1 de Julio de 2019
Construcción y Servicio de transporte

Desde el 1 de Agosto de 2019
Servicios inmobiliarios, Enseñanza, Salud humana, Servicios sociales, artísticos, culturales, deportivos y de esparcimiento, Servicios personales y de asociaciones, Agricultura, Ganadería, Caza, Pesca y Silvicultura.

Desde el 1 de Septiembre de 2019
Servicios de Alojamiento y comidas, Servicios Profesionales, Científicos y técnicos, actividades administrativas, Servicios de apoyo, información y comunicaciones.

Concepto de Monto de Facturación
Se entiende por monto de facturación al promedio de las ventas totales de los 3 (tres) últimos estados contables, excluyendo IVA, Impuestos internos y el 75 % del monto de las exportaciones.


Fuente: CAES / Marzo 2019.